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MINEM inicia socialización de la normativa del PAD a las Direcciones Regionales de Energía y Minas

- Norma establece nuevo plazo excepcional para la adecuación ambiental de las actividades de hidrocarburos.
El Ministerio de Energía y Minas, considerando la importancia de promover y asegurar un manejo ambiental adecuado en las actividades de hidrocarburos, promulgó el Decreto Supremo N° 013-2024-EM, otorgando nuevos plazos excepcionales e improrrogables para la presentación del Plan Ambiental Detallado (PAD) y el Plan de Abandono en el subsector hidrocarburos.
Bajo este marco, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos (DGAAH), dio inicio al proceso de socialización del Decreto Supremo N° 013-2024-EM, a la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía y a las Direcciones Regionales de Energía y Minas de Ayacucho y Cajamarca.
Como parte de esta difusión informativa, realizada los días 08 y 16 de agosto, especialistas del MINEM, abarcaron entre otros temas; la Declaración de Impacto Ambiental, el Informe Técnico Sustentatorio y el Plan de Abandono, absolviendo cualquier interrogante de los participantes presentes.
Adicionalmente, el MINEM tiene previsto continuar, en coordinación con los GORES, diferentes actividades de difusión normativa, para promover que más administrados del subsector hidrocarburos se integren al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y así corregir y mitigar los riesgos ambientales de sus actividades.
La difusión normativa tiene como finalidad reforzar el conocimiento de los profesionales de los distintos Gobiernos Regionales sobre la normativa ambiental vigente, brindando información clave sobre el reciente Decreto Supremo Nº 013-2024-EM, aprobado por el MINEM.
Cabe mencionar que, el acogimiento al PAD resulta aplicable para aquellos titulares que vienen realizando actividades de hidrocarburos sin contar con un Instrumento de Gestión Ambiental; o que hayan realizado ampliaciones o modificaciones al mismo, sin haber tramitado el instrumento correspondiente.
En este caso, el titular que pretende adecuar su actividad podrá presentar su solicitud de acogimiento al PAD, pudiendo ser descargada en el siguiente enlace:
https://www.gob.pe/institucion/minem/normas-legales/5830275-013-2024-em
Fuente: MINEM